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Un gran paso adelante en la vivienda rural

José Manuel Igual, alcalde de Arnuero y diputado regional del Partido Popular

 

El pasado lunes 18 de junio se votó la reforma del régimen del suelo rústico previsto en la Ley 2/2001 de Ordenación del Territorio y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria.

Dicha reforma, no exenta de polémica, ha sido finalmente aprobada con el voto favorable del Partido Popular y del Partido Regionalista de Cantabria. Sin embargo, este último, por un lado se mostró crítico con la reforma, votó su enmienda y, a la vez, en aparente contradicción aprobó el proyecto.

Este divagar en la posición, no es sino la consecuencia de un conflicto entre las tesis de los alcaldes regionalistas (ganadores de sus citas electorales, en su mayoría, en consistorios directamente concernidos por el texto debatido, es decir en zonas rurales) y los dogmas propugnados por sus dirigentes regionales, que han gobernado el urbanismo de Cantabria durante dieciséis años sin haber necesitado alcanzar la victoria electoral, y sin precisar, por tanto, permeabilizar y revisar sus doctrinas con las enseñanzas de una realidad cotidiana y próxima de la que progresivamente se alejaron; un lujo que no se puede permitir ningún político y menos un edil.

Merece destacarse el procedimiento seguido para la elaboración del proyecto, con una intensa participación de los ayuntamientos articulada a través de la Federación de Municipios de Cantabria. De este procedimiento de elaboración, no podía surgir sino una norma empapada de municipalismo, que confía y cree en las corporaciones locales, en su responsabilidad, que asume que la diversidad, las particularidades de cada municipio, se resuelven mejor confiando un mayor protagonismo a quienes mejor y desde más cerca las conocen. Todo ello, sin renunciar a los objetivos de política territorial que deben articularse desde la Comunidad Autónoma y que pueden y deben cohonestarse de una forma ágil y razonable con expectativas legítimas de quienes habitan en el medio rural, sin exacerbar ni duplicar controles que en último término se estatuyen en obstáculos desalentadores.

Así, obras intranscendentes desde una perspectiva supramunicipal, quedaban sometidas a un pesado procedimiento que culminaba con un control autonómico final. La reforma, amplía las competencias municipales, reduciendo trabas burocráticas y limitando esa tutela desde el Gobierno a las actuaciones con una cierta trascendencia que la justifique.

Por otro lado, de esa colaboración fluida y bidireccional entre administración local y autonómica, surge una norma realista: En un mismo término municipal conviven núcleos de muy distinto tamaño, carácter, perspectivas, evolución y necesidades, tanto ciudades o núcleos turísticos, como pequeñas aldeas rurales y lo que para unos es preciso para otros resulta pernicioso.

Nuestra Ley del Suelo autonómica suspendió en 2001 la posibilidad de edificar vivienda en el suelo rural en tanto se tramitase el Plan Regional de Ordenación del Territorio o un Plan Especial autonómico. Nuestro Plan de Ordenación del Litoral la mantuvo, si bien reconocía la eventual conveniencia de articular el crecimiento residencial de los pequeños núcleos de una forma sencilla, en el suelo rústico de su alrededor, previa aprobación de un planeamiento general adaptado. En 2009 se aprobó una Ley que permitía ese crecimiento previa aprobación de un Plan Especial municipal.

No es pues, ninguna novedad la previsión de que se puedan construir casas en este tipo de suelo, al contrario, desde nuestra corta historia legislativa en materia de urbanismo se desprende el reconocimiento de su conveniencia o incluso su necesidad, con el sometimiento de los debidos controles y precauciones. Sin embargo, hasta ahora, todas las previsiones pasaban por la necesidad de redactar, previamente, desde las administraciones, planeamientos que nunca se culminaban, por unas u otras razones, manteniéndose un bloqueo sumamente perjudicial.

La oferta residencial en el medio rural quedaba constreñida al casco urbano ya macizado, o se encauzaba mediante propuestas sistemáticas de urbanizaciones uniformes entorno a amplias calles, sometidas a cargas, estéticas y sistemáticas, propias de una ciudad. Los más pequeños municipios, ni siquiera podían plantearse aprobar un Plan que consumía buena parte de sus recursos exiguos y cuyos costes repercutidos por vivienda, dada la demanda esperable, supondrían cifras prohibitivas.

La reforma alza la necesidad imperativa de este planeamiento previo, aunque permite que los municipios, para todo su territorio, o para algunas de sus poblaciones, lo exijan, o incluso que opten por impedir articular sus crecimientos por este mecanismo, atendiendo a sus necesidades y circunstancias concretas, o a sus legítimas políticas urbanísticas.

Y esta es la diatriba en torno a la que ha girado el debate parlamentario: Si debe imponerse necesariamente la interposición de un planeamiento especial o no. Son gráficas en este sentido las palabras del portavoz socialista; "Nuestro criterio es contrario a este Proyecto de Ley, porque rompe el sistema de planeamiento diseñado en la Ley del Suelo de Cantabria y desincentiva a muchos ayuntamientos la elaboración de su Plan General o de su Plan Especial de Suelo Rústico. Si las licencias se pueden conceder directamente a través de la Ley, para qué meternos en la elaboración de planes complejos, lentos y caros".

El Partido Regionalista mantuvo una posición ecléctica; permitir la concesión de licencias durante dos años en los que habría de afrontarse la redacción de ese planeamiento que su hasta hace poco socio de gobierno calificaba de complejo, lento y caro.

Para ambos es un principio innegable, firme y cierto, la necesidad en todo caso y circunstancia de ese documento alambicado, de tránsito tortuoso y coste oneroso. Y esto, cuando en ocho años de gobierno conjunto no fueron capaces de formular el Plan de Ordenación Territorial, ni, como reconoció el portavoz regionalista en el debate, el ex consejero del ramo señor Mazón, aprobar un solo Plan Especial.

La opinión de quien suscribe es la misma que defendieron los alcaldes regionalistas en la comisión formada en el seno de la Federación de Municipios, la misma razón que sensatamente se impuso en la posición final de su partido, que acabó votando a favor de la aprobación del Proyecto de Ley: Que desde la propia Ley se pueden establecer, de hecho se establecen, suficientes cautelas para preservar el medio; que quien busca vivir en el medio rural no demanda grandes servicios propios de crecimientos ordenados, sino otras ventajas que tienen más que ver con la interacción con la naturaleza, la explotación de la tierra y satisfacer su arraigo familiar; que nuestros ganaderos precisan poder prestar en sus explotaciones servicios complementarios de ocio y turismo y poder manufacturar y ofrecer directamente sus productos; y que nuestros pueblos demandan un presente distinto que no dependa de planes complejos, lentos y caros impuestos por quienes no viven sus realidades, sino de propuestas sencillas, prácticas y asumibles.

Se ha dado un gran paso adelante en Cantabria.

 

Tribuna de opinión publicada el 23 de junio de 2012 en El Diario Montañés

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