El portavoz de Urbanismo del grupo parlamentario Popular, José Manuel Igual, defenderá el próximo lunes, en el Parlamento de Cantabria, una proposición de ley que según explica va encaminada por encima de todo “a solucionar problemas”. En este caso concreto a subsanar al vacío legal que ha producido la anulación del Plan General de Ordenación Urbana de 2012 por causas ajenas al ayuntamiento, como fue la anulación del Bitrasvase "tal y como se especifica en la sentencia del Tribunal Supremo".
Se trata de habilitar al Ayuntamiento de Santander para que haga unas Normas Urbanísticas transitorias, que tras ir a pleno y salir a información pública, “muchas inversiones públicas y privadas podrán salvarse con esta situación transitoria hasta que el ayuntamiento haga un nuevo Plan General”.
Según ha recordado Igual, el Partido Popular intentó en su día resolver este vacío legal en la Ley de Acompañamiento, e incluso vía enmienda “en la ley de la Mina de Reocín, porque se modificaba la Ley del Suelo, pero como otros grupos dijeron que no era el instrumento más adecuado hemos presentado una proposición de ley”.
En cuanto a la acogida por parte del resto de grupos parlamentarios, el diputado del PP explica que esta toma en consideración “lo único que hace es habilitar al Ayuntamiento de Santander a hacer lo que se ha hecho en otras 10 Comunidades Autónomas”, por lo que cree que de entrada no debería haber una gran oposición a esta iniciativa parlamentaria. “No vería lógico que se paren, que se detengan, o que se ralenticen inversiones públicas y privadas muy beneficiosas para la economía de la ciudad y para el empleo”.
Tal y como se especifica en la exposición de motivos de esta iniciativa, esta modificación de la Ley del Suelo habilita a los órganos administrativos competentes para que puedan suspender, total o parcialmente, y por razones de interés general, la aplicación del planeamiento urbanístico y establecer en su lugar, hasta la aprobación de un nuevo Plan General de Ordenación Urbana, unas normas reglamentarias que vengan a regular de forma transitoria la ordenación urbanística del municipio.
Con esta medida se incorpora al Derecho cántabro una figura similar a la prevista en su día en la legislación del Estado y, contemplada, actualmente, en las leyes del suelo de la mayor parte de las Comunidades Autónomas, que, en diversos casos, ya han aplicado la misma con la finalidad que aquí se establece.
En concreto se incorporaría una nueva disposición adicional, con su correspondiente régimen transitorio, a la Ley 2/2001, de 25 de junio, Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, en la que se regulan los presupuestos exigibles y la tramitación que ha de seguirse, en los supuestos de anulación de Planes Generales de Ordenación Urbana, para la aprobación de unas Normas Urbanísticas Transitorias.
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