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Tasas Judiciales, garantía de Justicia Gratuita

José María Alonso Ruiz, diputado nacional del Partido Popular por Cantabria

 

La reciente Ley de Tasas de la Administración de Justicia, viene a actualizar el régimen de tasas que en el ámbito de la justicia se viene produciendo desde la última década, cuando aparecieron en un contexto socioeconómico muy distinto al actual.

La actual crisis aconseja su revisión y puesta al día, con un propósito de SOLIDARIDAD en favor de la JUSTICIA GRATUITA.

Lo que se ha hecho es continuar con un proceso legislativo, que al igual que en Europa, cree que soportar los gastos de la Administración de Justicia no debería ser una carga exclusivamente del contribuyente sino que tiene que ser compartida por los beneficiarios de este servicio público, con un objetivo social de superar la crisis, y respetando la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que avalan la aplicación de las tasas.

El fundamento de la Ley pivota sobre dos motivaciones. La primera garantizar el sostenimiento de la JUSTICIA GRATUITA para aquellos ciudadanos que carecen de recursos para litigar, que cada día son más como consecuencia de la crisis. Todos los recursos que se obtengan serán destinados a financiar dicho sistema. Justicia Gratuita que debido a los presupuestos desbordados en materia de Justicia, por parte de las Comunidades Autónomas, amenazaba su propia viabilidad. Sólo en 2011 se dedicaron 269 millones de euros a este concepto, en un escenario en el que los ingresos, el déficit y la demanda dificultan hacer frente a este servicio. El malestar de los colegios profesionales por el retraso en el pago es una realidad y el Gobierno no ha permanecido al margen.

Con el nuevo sistema de tasas vamos a reequilibrar los recursos existentes, modernizar y mejorar la Administración de Justicia, porque las tasas van a dedicarse íntegramente al principio de equilibrio y solidaridad territorial, el más justo en época de crisis.

Para poder cumplir con el principio de solidaridad no queda otra vía que revisar unas tasas que distan mucho del coste de la justicia en España y que no garantizan el derecho a la justicia gratuita que la Constitución establece.

Con la Ley de Tasas vamos a poder proponer un nuevo umbral de ingresos 2,5 veces el Iprem, frente a las dos veces que en estos momentos tenemos, para ampliar el número de ciudadanos que puedan acceder a la justicia gratuita.

Se ha tratado de garantizar un reparto de costes que no perjudique a los ciudadanos que se encuentran en una de posición mayor de debilidad, ampliando exenciones, devoluciones y bonificaciones, y buscando una mayor progresividad y proporcionalidad de la norma.

La segunda motivación se refiere a la necesidad de RACIONALIZAR el ejercicio de la potestad jurisdiccional. Existen situaciones en las que no se produce un uso normal de los recursos públicos sino que se producen desvíos o abusos, como consecuencia de un afán dilatorio en el cumplimiento de las obligaciones. El Estado no puede ser cómplice de maniobras dilatorias, que no es que sean ilegítimas, sino que no pueden ser sufragadas con dinero público, que única y exclusivamente benefician al que no quiere hacer frente a sus obligaciones.

Las personas con derecho a la justicia gratuita quedan exentas del pago. Queda excluido de las tasas el orden penal, que supone aproximadamente el 72% de los asuntos; los juicios monitorios cuando el asunto no supere los 2.000 euros, así como los verbales; la primera instancia del orden social, así como una bonificación del 60% para los trabajadores por cuenta ajena o autónoma, en los recursos de suplicación y casación. Tendrán acceso a la justicia gratuita, y por lo tanto exenta de tasas, los casos de violencia de género, abuso de menores y las víctimas de terrorismo. También existen bonificaciones del 60% para los casos en los que se alcance una solución extrajudicial del pleito, del 20% en los casos de acumulación de procesos, y el 10% para la utilización de medios telemáticos para la presentación de escritos en juzgados y tribunales.

Lo que se cubre con las tasas a día de hoy es el 4,1% del presupuesto de Justicia. La media en Europa alcanza el 22,2% del coste total del presupuesto con cargo a las tasas. Alemania supera el 43% y Austria el 110%, recauda más por tasas de lo que le cuesta el servicio público. Con las tasas aprobadas nos situamos en el entorno del 10% del presupuesto de la justicia española. Por lo tanto, una tasa absolutamente acorde con los criterios que ha marcado el Consejo de Europa.

El importe de la tasa está incluido en las costas, es decir, existe una vía de recuperación de las tasas abonadas en aquellos casos que se da la razón e incluyen la condena en costas.

Lo que se busca con esta Ley, es que la justicia gratuita sea una realidad sostenible en el tiempo, libre de amenazas de quiebra, como desgraciadamente ha ocurrido en los últimos años.

Supone el comienzo de unas reformas que van a continuar para tener una Administración de Justicia más eficaz, eficiente y solidaria, que el actual Gobierno ha tenido la valentía de iniciar, por el interés general de los españoles.

 

Tribuna de opinión publicada el 12 de diciembre de 2012 en El Diario Montañés

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